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Habrá que ganar al menos 800 euros para la reagrupación familiar según el Reglamento de la Ley de Extranjería

Para poder reagrupar a familiares en España se deberá acreditar que se cuenta con garantías de trabajo para, al menos, un año con un sueldo al menos de 800 euros mensuales. Así lo establece el borrador del Reglamento de la Ley de Extranjería tras ser modificado la semana pasada a propuesta de la Mesa de Diálogo Social, que lo analizó como parte del proceso de audiencia pública que sigue el texto antes de su aprobación definitiva.
Según un documento del Ministerio de Trabajo e Inmigración el cálculo de ingresos de al menos 800 euros significa que el inmigrante en cuestión deberá ganar un 150 por ciento del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que se utiliza como refencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o el subsidio de desempleo entre otros y que en 2011 está fijado en 532 euros mensuales.
El solicitante deberá, asimismo, acreditar «de forma indubitativa» su capacidad y perspectivas de mantener este nivel de ingresos por al menos un año tras la solicitud y mostrar la evolución de sus medios económicos a lo largo de los últimos seis meses.
Los cambios introducidos por la patronal y los sindicatos en el texto del borrador de Reglamento también incluyen detalles sobre la posibilidad de cambiar el primer alta en la Seguridad Social por un empleador distinto al que solicitó la autorización.
La ampliación del periodo de publicación de ofertas de trabajo de temporada y la participación de la patronal en los procesos de selección de trabajadores en origen son otros de los asuntos recogidos por la Secretaría de estado de Inmigración y Emigración a propuesta de la Mesa de Diálogo Social.

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