Algunos jueces han determinado que la deuda hipotecaria quede saldada con la entrega de la propiedad en cuestión, figura conocida como “dación en pago”. Pero otros magistrados se inclinan por proseguir con la fórmula tradicional en España que consiste en que la deuda no queda saldada con la entrega de la propiedad sino que se debe seguir pagando la deuda correspondiente si la venta de la propiedad no cubre el préstamos, algo muy habitual con el desplome de los precios inmobiliarios en España de los últimos años. Para uniformizar criterios un juez de Sabadell ha pedido al Tribunal Constitucional que se pronuncie. Y el Congreso creará una Subcomisión que estudiará si la dación en pago puede convertirse en ley y norma. Es una pequeña pero esperanzadora luz al final de un túnel en el que se encuentran miles de familias en España.
Redacción Ocio Latino
El juez Guillem Soler Solé, miembro de la Asociación de Jueces para la Democracia y titular del Juzgado 2 de Sabadell (Barcelona) ha pedido al Constitucional que dictamine si es justo que los hipotecados devuelvan a las entidades financieras además de las viviendas la totalidad de la deuda que suscribieron junto a los intereses y gastos, cuando las tasaciones respectivas se realizaron con precios sobrevalorados.
En un auto del pasado 30 de septiembre, el juez Soler señala que es incapaz de ordenar la ejecución de una hipoteca (el desahucio) a una pensionista ya que el actual procedimiento “podría afectar el derecho a la tutela efectiva y a una vivienda digna y adecuada” que ampara la Constitución Española (artículo 47).
La citada pensionista es una persona mayor “con una pensión baja, pérdida de audición y nivel cultural bajo que ante la posibilidad de cambiar de vivienda acudió a una inmobiliaria”. Allí le dijeron que vendiera su vivienda habitual para acceder a una nueva mediante el pago de una “pequeña” hipoteca. En una doble transacción la pensionista vendió su vivienda por 180.304 euros y compró una nueva por 310.000 euros. Para el pago de la diferencia la inmobiliaria puso en contacto a la pensionista con una entidad financiera con la que contrató una hipoteca. Pero el día fijado para ambas operaciones no se pudo concretar la venta de la vivienda inicial de la pensionista por la mala situación del mercado inmobiliario. La pensionista se quedó con una deuda descomunal y su vivienda sujeta a ejecución hipotecaria (embargo).
Según el juez las condiciones y plazos en que se efectuó la operación “serían abusivos y temerarios, al tratarse de la concesión de una hipoteca como medio de financiación temporal condicionada a la venta de la primera vivienda, hecho que no dependía únicamente de la ejecutada ya que intervenían factores como la situación del mercado inmobiliario”.
El PSOE y el PP se oponen a la dación en pago
El caso del juez de Sabadell se suma al de la sentencia dictada el pasado diciembre por la Audiencia Provincial de Navarra que impedía al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) exigir a un cliente, José Antonio Langarita, el pago de la deuda que le quedaba tras la entrega de su vivienda al banco. El banco ha recurrido. El caso recuerda al de miles de personas en una situación similar. Langarita pide 71.225 euros para comprarse una casa que el banco tasa en 75.900 euros. Tres años después, ante el impago de las cuotas, se queda con la casa por 42.895 euros, es decir, 33.005 euros menos, un 43,5% de depreciación. Como el cliente había pagado una parte, le reclama 28.129 euros y además (algo especialmente sangrante), 8.438 euros más de intereses y gastos. En total, 36.612 euros. Como ya había pagado cuotas por 4.876 euros, este vecino de Estella deberá pagar 41.488 al BBVA por un préstamo que pidió para una casa que ya no tiene. El auto de Navarra recuerda que los clientes no tasaban los pisos ni eran responsables de que se les concedieran créditos por el 120% del valor tasado, con importes superiores al 35% de sus ingresos. La crisis no ha llegado solo porque los clientes pidieran cantidades astronómicas y compraran todo lo que salía al mercado, que también.
Este caso motivó que a finales de febrero de este año el grupo mixto IC-IU-ERC presentara en el Congreso una Proposición no de Ley para cambiar la legislación hipotecaria y obligar a que se generalice la dación en pago. Sin embargo el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y el Partido Popular (PP) han impedido que la propuesta sea aprobada.
Jueces para la Democracia, la Unión Progresista de Fiscales y la Federación española de Municipios y Provincias apoyan la iniciativa.
Convergencia y Unión de Cataluña (CiU) propuso en diciembre que se debatiera una modificación de la Ley Hipotecaria para que las entidades bancarias dejen de actuar contra el patrimonio del deudor si entrega la vivienda. Iniciativa per Catalunya también presentó una iniciativa similar en el Parlamento catalán para que fuera trasladada al Congreso.
El Gobierno se opone a la dación en pago, cuya geneneralización fue puesta sobre la mesa por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca. La vicepresidenta segunda, Elena Salgado, ha dicho que la fórmula de la dación en pago para saldar la deuda es «difícil» que se lleve a cabo, puesto que pondría en «riesgo» a las entidades financieras.
Datos
– En la mayor parte de países de la Unión Europea y en Estados Unidos –también afectado por el desplome de la burbuja inmobiliaria- la dación en pago está fijada por ley.
– Solo en 2010 se embargaron en España 180.000 viviendas, según el Consejo General del Poder Judicial. Desde 2007 ha habido unas 320.000 ejecuciones hipotecarias.
– Si nadie acude a una subasta, de acuerdo con la ley la entidad se puede quedar con el bien por el 50% de su valor. El resto de la hipoteca debe seguir siendo pagada por el cliente.
Dato
El presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y alcalde de Getafe, Pedro Castro, del PSOE, ha pedido al Gobierno una normativa que impida que las personas tengan que seguir pagando sus deudas hipotecarias aunque se hayan visto obligadas a entregar sus viviendas a los bancos.