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Plan Prepara. Última red de seguridad para los parados

Qué es el Plan Prepara?
El Plan Prepara nació en 2011 como “última red de seguridad” durante 6 meses para aquellos parados que han agotado todas las prestaciones y subsidios posibles.
El objetivo es conceder una subvención de 2.400 o 2.700 euros por parado, que se cobra en 6 pagas de 400 o 450 euros mensuales, con el compromiso de recibir formación para poder optar a otras salidas laborales. La falta de presupuesto para cursos de formación ha hecho que menos de un 6% de los parados logre encontrar trabajo gracias al Plan, que al final se ha convertido en una ayuda social.
Podrán solicitarlo aquellos desempleados que agoten sus prestaciones y subsidios a partir del 16 de agosto de 2012, cumpliendo el resto de requisitos. Los que hubieran agotado su prestación antes de esa fecha se rigen por la antigua regulación del Prepara.

Resumen de requisitos con la normativa del RDL 23/2012
Cumplir una de estas dos condiciones:
• O bien ser parado de larga duración, inscrito como demandante de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.
• O bien tener responsabilidades familiares
Y cumplir además el resto de requisitos:
• Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo entre el 16 de agosto de 2012 y el 15 de febrero de 2013.
• No tener derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni a beneficiarse de ningún otra ayuda por desempleo.
• No haber cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo, como por ejemplo, el PRODI (“la ayuda de los 426 euros”), el anterior plan Prepara, la Renta Agraria, o la Renta Activa de Inserción (RAI).
• Tener carencia de rentas: de modo que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (481 euros/mes) , excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Aunque el solicitante carezca de rentas, si convive con sus padres, cónyuge o hijos menores de 26 años o mayores discapacitados, o menores acogidos, habrá que sumar las rentas de todos y dividirlas entre el número de miembros de la unidad familiar y que el resultado no supere los 481 euros mensuales por miembro.
• Solicitar la ayuda antes de que transcurran dos meses desde el agotamiento de la última prestación o ayuda por desempleo.
Se deberá firmar un acuerdo con el orientador laboral de los servicios públicos de empleo, comprometiéndose a participar en un Itinerario Personalizado de Inserción (IPI). El orientador es quien valida la formación y asistencia a los cursos y el enlace entre la administración y el desempleado.

Cómo solicitar el PREPARA
• Dónde presentar las solicitudes: En la oficina del Servicio Público de Empleo que corresponda según el domicilio. Si la oficina tiene establecido el sistema de cita previa, hay que solicitarla con la opción B. La cita previa se puede solicitar por internet o por teléfono.
• Plazo de presentación. Hay un máximo de dos meses que empiezan a contar a partir de la fecha en que se agota la prestación por desempleo. Es importante este plazo, pues si se supera, se pierde el derecho a la ayuda. En la nueva regulación se exige que durante esos dos meses el solicitante busque activamente empleo durante el menos 30 días. Nada se aclara sobre cómo se controlará esto.
Obligaciones de la persona beneficiaria
El beneficiario de esta ayuda se compromete a participar en un itinerario de inserción recibiendo cursos y sesiones de formación.
Por otro lado, como es obligatorio que continue inscrito como demandante de empleo, tiene que cumplir todas las obligaciones del “compromiso de actividad” (renovar la demanda, pedir autorización para salidas al extranjero, comunicar nuevas rentas o si comienza a trabajar, asistir a las sesiones de control, etc). El incumplimiento de las obligaciones da lugar a la pérdida de la ayuda desde la fecha en que no se haya cumplido la obligación.

La prestación económica ¿cuánto se cobra?
400 euros mensuales durante seis meses, que se comienzan a pagar al mes o dos meses siguientes del inicio en el itinerario de formación. La ayuda será de 450 euros en aquellos casos en los que los beneficiarios tengan a su cargo a dos miembros de la unidad familiar, además de a su cónyuge o pareja de hecho.
Si el solicitante o los miembros de su familiar reciben salarios o ayudas sociales de ayuntamientos o comunidades autónomas, la ayuda del Prepara se reducirá hasta que la suma de ambas no supere los 481 euros.

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