Madrid.- El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará una propuesta que recomienda al Gobierno concretar los «elementos» esenciales de la prueba de conocimientos de la lengua y la cultura española que deberán superar los extranjeros para obtener la nacionalidad por residencia.
El Pleno analizará el próximo martes la propuesta de informe, redactada por la vocal Nuria Díaz Abad, al proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento sobre la adquisición de la nacionalidad española por residencia, que agiliza los trámites y calcula que 129.000 solicitudes se emitirán en 2015.
El proyecto normativo introduce la novedad de tener que acreditar el conocimiento de la lengua y la cultura española y supedita la eficacia de la resolución que otorga la nacionalidad a que no haya cometido actos incompatibles con el requisito de la buena conducta cívica.
En la actualidad, los interesados deben acreditar una buena conducta cívica y tener suficiente grado de integración en la sociedad española pero queda bajo la discrecionalidad del juez o el encargado del Registro Civil y no hay una prueba con unos requisitos claros que lo regule.
La ponente del informe considera que el texto del Gobierno debería concretar los «elementos esenciales» que definan la evaluación de los conocimientos de la lengua y la cultura española exigidos para valorar el grado de integración en la sociedad debido al carácter esencial que tiene esta prueba para adquirir la nacionalidad y el elevado grado de «conflictividad» que presenta la materia.
La vocal apuesta por contemplar una «regulación sustantiva» de los elementos esenciales que definan la evaluación de estos conocimientos, «determinando los elementos que lo integran y su grado de exigencia», y no remitir este aspecto a una orden ministerial.
El Gobierno plantea también extender la exigencia de buena conducta cívica al plazo que media entre el reconocimiento de la nacionalidad y el momento de su inscripción en el Registro. «Con ello se pretende evitar situaciones que se producen actualmente en las que, en el momento de la inscripción de la concesión, se comprueba, por ejemplo, que el interesado está incurso en un procedimiento penal, lo que obliga a declarar lesivo el acto de concesión de la nacionalidad», expone el Consejo.
La propuesta de informe valora positivamente esta opción aunque recomienda incorporar este requisito de forma explícita al Código Civil. Además, sugiere facultar al encargado del Registro para recabar los informes pertinentes y que se prevea la paralización de la inscripción hasta que se resuelva sobre el posible incumplimiento.
Por otro lado, la propuesta que estudiarán los vocales del Consejo aboga por clarificar si la utilización de medios electrónicos en estos procedimientos es facultativa u obligatoria. «Si la intención es establecer su carácter obligatorio, debería reconsiderarse la posibilidad de admitir la elección del interesado o, cuando menos, facilitar la utilización de los medios electrónicos de forma que el recurso a los mismos no se convierta en una carga, incluso económica si precisa de la asistencia de un gestor», añade el texto.
Finalmente, la vocal plantea la posibilidad de hacer coincidir la entrada en vigor del Reglamento -prevista para el próximo 1 de enero- con la de la Ley del Registro Civil en la que éste encuentra su habilitación, establecida para el 15 de julio de 2015. /Europa Press