Por Judith Tabares / Abogada /
En las últimas semanas en España ha aumentado las retenciones y devoluciones de los turistas extracomunitarios que desean entrar por el aeropuerto, sobre todo están rechazando a los pasajeros procedentes de Venezuela, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Colombia, Perú, Paraguay, etc.
Las causas fundamentales para que la Autoridad del aeropuerto en España no deje entrar a un turista tenga o no visado, son las siguientes:
No traer la Carta de Invitación; no tener el Tour pagado (no admiten solo reservación de Hotel por unos días, hay que pagarlo entero); no justificar el dinero suficiente para la estancia (74€ por cada día de estancia y persona); no conocer lugares y sitios de interés de Madrid o lugar donde vengan a pasar las vacaciones; mentir en la entrevista de que no tienen familiares o no conocen a nadie en España; haberse pasado más del tiempo de estancia si entraron a España con anterioridad, o sea, haber estado más de 90 días; no justificar un arraigo importante en su país de origen (casados, con hijos, trabajo); falta de documentación exigida y no contestar en la entrevista a las preguntas de la autoridad, etc.
Requisitos para entrar a España como turista:
-Carta de invitación efectuada ante la policía local en España, trámite muy sencillo que debe hacer el invitante aportando determinados documentos como el Padrón Familiar, Contrato de Alquiler o Propiedad, copia Pasaporte Invitado, pago de las Tasas correspondientes por expedición de esta carta.
Si desea, acuda a nuestro despacho de abogados de extranjería en Madrid centro y le daremos todo por escrito, el impreso, requisitos, etc.
–Dinero o Solvencia para que el turista demuestre que se puede mantener, en este sentido se le exige ingresar con suficiente dinero en efectivo, cheque con respaldo del Banco, tarjeta de crédito con respectivos extractos bancarios actualizados y expedidos directamente por la entidad bancaria, el monto exigido es de 74 euros por cada día de estancia y si viene a España por 9 días, debe traer 637€ en efectivo.
–Billete de avión de ida y vuelta.
–Conocimiento de quién lo invita, lugar dónde va a residir durante su estancia, etc.
Sugerimos que si el invitante (quien hace la carta de invitación) estuvo indocumentado en España en algún momento de su vida en España, no le haga la carta de invitación, pues lo están investigando y solo por ese motivo no le dejarán entrar.
– Pago del Hotel-Hostal durante toda su estancia en España y que esté ubicado en un lugar céntrico y si son en varias ciudades de España, hay que justificar los traslados en bus, tren, avión, etc.
–Seguro de viaje obligatorio que cubra lo siguiente:
– garantizar €30.000 de cobertura médica por enfermedad o accidentes.
– garantizar repatriación funeraria.
– garantizar repatriación sanitaria.
– de ningún modo pueden tener franquicias o deducibles.
-No se pase del tiempo de estancia de 3 meses: El turista que entra a España con o sin visado, tiene un plazo de estancia de 3 meses en España. Si se pasa de ese plazo, así sea un solo día, se queda en situación irregular con todo lo que conlleva dicha circunstancia que puede ser objeto de expulsión, no puede trabajar, regularizar su situación es muy difícil, etc. Por tanto, saque un vuelo de vuelta a su país posterior al vencimiento del plazo de estancia.
-Tiempo para poder volver a entrar a España: Una vez que el turista regrese a su país de origen, puede volver a entrar a España pasado los 90 días (3 meses). En este caso, debe volver cumpliendo de nuevo con todos los requisitos de entrada (carta de invitación, dinero, etc.).
Entrevista en el aeropuerto al pasajero:
Los funcionarios de policía una vez que ven indicios de que pueda faltar algún requisito por parte del pasajero o turista para autorizar la entrada a España, efectúa una entrevista, donde tiene que estar el Abogado presente y suelen hacer una serie de preguntas en orden a determinar el motivo de su visita a España.
En general se le preguntará lo siguiente:
–Sobre las ciudades que viene a conocer.
-Qué lugares de interés va a visitar.
-Si tiene contratado viaje organizado, debe mostrar los documentos que lo avalan de los Hoteles, traslados y pago del mismo.
-Si viaja solo o acompañado.
-Cuántos días va a permanecer.
-Si tiene alojamiento contratado y pagado (apartamento, estudio, etc.).
-Si conoce alguna persona en nuestro país.
-Cuánto dinero trae en efectivo y si tiene cheques, tarjeta de créditos con certificado del banco que avale la cantidad.
-Profesión o trabajo en su país de origen.
-Cuánto dinero gana.
-Si tiene familia y quiénes en su país de procedencia.
-Cuánto tiempo lleva preparando el viaje y si lo ha hecho con agencia, cuál agencia.
-Si compró personalmente el pasaje.
-Quién lo invita, si viene con carta de invitación.
-Qué Seguro de Viaje trae y qué cobertura tiene.
Y cualquier otra pregunta encaminada a verificar la veracidad del motivo del viaje para entrar a España.
———————————————————————————————————————–
Guía del Ocio Latino / Abogados y Asesorías latinas en Madrid, España:
Despacho de Abogados Judith Tabares Abogados
Calle San Bernardo 13, 1º., izq., esquina con Gran Vía, Madrid
Teléfonos consultas: 807505577 y 915482289
Puedes dejar tu comentario más abajo y
Judith Tabares te responderá en esta misma web.
———————————————————————————————————————–