Vivimos una nueva era de transformación de la Administración Pública y su interrelación con los gobernados, hoy la digitalización se adueñó de nuestras vidas y nuestros datos cada vez más son insertados en ficheros públicos y privados, siendo importante que la digitalización también proporcione beneficios de celeridad en los procedimientos administrativos a los usuarios.
David Souto dice que, «Los gobiernos y en particular las Administraciones públicas deben de ir más allá de la digitalización de los procesos y servicios existentes, para dar servicio a los ciudadanos. Además, deben aprovechar el poder de las tecnologías digitales y los datos para rediseñar y transformar fundamentalmente los modelos de negocio de la Administración, así como la relación con los ciudadanos.»
Y uno de estos trámites que la actual administración digital española ha implementado es, la apertura de “una sede electrónica del Ministerio de Justicia”, y que a través de una plataforma digital permite solicitar la presentación y continuidad por vía telemática de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia para los mayores de 18 años, y obtener en el breve plazo, la respuesta a la concesión favorable de su expediente.
En relación a los requisitos para solicitar la nacionalidad española por esta modalidad, no han variado, siendo principalmente los siguientes:
El primero es tener aprobado el exámenes de conocimientos constitucionales y de cultura, denominados examen CCSE, que el Instituto Cervantes por encargo del Ministerio de Justicia ha diseñado, y sus convocatorias son mensuales, este es el único requisito para los ciudadanos de habla hispana o de origen latinoamericano. En tanto que, a los ciudadanos de origen NO latinoamericano, se les adiciona el examen del conocimiento y dominio del idioma español conocido como el examen DELE.
Una vez superado los citados exámenes según corresponda, y contando con el requisito de residencia legal mínima y continuada en territorio español, recordemos que para los latinoamericanos es de dos años, y del resto son de 10 años continuos, y ya cumplidos estos requisitos mínimos se puede optar por ingresar su solicitud de adquisición de nacionalidad española por residencia, para ello el Despacho de César Maldonado & Abogados, tiene suscrito al USO DE LA FIRMA DIGITAL ELECTRÓNICA, con el que se viene obteniendo en tiempo récord, de una serie de respuestas favorables a las diversas solicitudes encargadas, tiempo que en comparación con las antiguas tramitaciones, significaron un perjuicio para el solicitante ya que, demoraron las respuestas entre tres a cinco años para cada expediente administrativo.
Debemos apuntar también que se tiene establecido como requisito ineludible, NO tener antecedentes penales tanto en el país de origen como en territorio español, y carecer de antecedentes policiales, ello informa de la buena conducta cívica del extranjero en los años de residencia en territorio español.
Se adicionarán también los otros requisitos como el aporte de la certificación de nacimiento y matrimonio expedido por el país de origen, documentos que debe venir con el sello de la Apostilla de La Haya, así también debe acreditar el solicitante que, su residencia en territorio español es continuada y no ha efectuado abandono de más de tres meses, así como acreditar medios económicos para su subsistencia, o depender económicamente de un familiar directo.
Las dos diferencias sustanciales en relación con las anteriores tramitaciones, es que ahora, la presentación del expediente administrativo lleva aparejado el pago de una tasa que asciende a 102,00 euros cuyo ente receptor es el Ministerio de Justicia, además del pago de las tasas por el examen que tienen como destinatario al Instituto Cervantes, cuyo importe es de 87,00 euros.
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