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Quedaron a través de una página de contactos homosexuales, le robaron, apuñalaron y ahora son condenados a 19 años de cárcel

Foto: POLICÍA DE ALMERÍA

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a penas que suman un total de 19 años de prisión a dos individuos que en marzo de 2019 agredieron, apuñalaron y robaron a un hombre con el que habían contactado a través de un anuncio publicado en una página de contactos homosexuales. Al primero de ellos, de 24 años, le impone una pena de 4 años de cárcel por robo con violencia y otros 8 años por homicidio en grado de tentativa. Al segundo acusado, de 19 años, le condena a 2 años por robo con violencia y otros 5 años por homicidio en grado de tentativa.

Además, los magistrados prohíben al primero de los condenados acercarse a la víctima durante un periodo de 18 años y al segundo de los penados durante un periodo de 15 años. Ambos deberán indemnizar conjunta y solidariamente a su víctima con 7.425,21 euros por las lesiones físicas sufridas y con 12.000 euros más por el daño moral y las lesiones psíquicas.

Se da la circunstancia de que el condenado de 24 años de edad, natural de Venezuela y en situación irregular en España, había sido condenado el 20 de noviembre de 2018 por un delito de lesiones en el ámbito familiar a la pena de 6 meses de prisión, 20 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, y 18 meses de pena accesoria de alejamiento. El segundo de los condenados, de 19 años de edad y también natural de Venezuela, carecía de antecedentes penales.

La sentencia declara probado que ambos encausados, puestos de acuerdo y con intervención de una tercera persona –que no ha podido ser identificada–, contactaron con su víctima sobre las 22.00 horas del 10 de marzo de 2019 por medio de un anuncio publicitado en una página de contactos homosexuales.

Tras mantener una conversación a través del citado portal, quedaron en encontrarse en una parada de Bilbobus, sita en la calle Indalecio Prieto de Bilbao. Uno de los acusados acudió a la cita y se encaminó con su víctima hacia el parque Larreagaburu, siendo seguidos por el otro procesado y por otro varón no identificado.

Una vez rebasado el parking del citado parque, los acusados propinaron a su víctima empujones y golpes, y le llevaron a una zona boscosa, donde el mayor de los acusados propinó numerosos golpes y patadas al hombre, mientras sus dos cómplices vigilaban.

A continuación, el agresor colocó un cuchillo grande de cocina en el cuello de su víctima, al que arrebató la chamarra, la sudadera, el reloj, el teléfono móvil, unos 30 euros en metálico y una visera.

Así mismo, el agresor propinó cuatro cuchilladas a su víctima en la región torácica posterior derecha, en el omoplato derecho, en las extremidades superior derecha e inferior derecha, «asumiendo al hacerlo la posibilidad de acabar con su vida», señala la resolución judicial.

Estos hechos fueron observados por el otro procesado, que en «ningún momento trató de impedirlos, siendo ambos conocedores de que la víctima no portaba instrumento alguno con el que poder defenderse», indican los jueces.

A consecuencia de estos hechos, el hombre sufrió lesiones consistentes en heridas de arma blanca en región torácica posterior derecha, omoplato derecho, extremidad superior derecha y extremidad inferior derecha, hematoma orbitario izquierdo con desepitelización central corneal, hematomas costales con fractura del noveno arco costal derecho.

Tras la realización de un TAC, se observó un moderado neumotorax derecho con colapso parcial del lóbulo superior derecho y en lóbulo inferior derecho, lesión que presenta un potencial compromiso vital (al afectar a órganos vitales como el pulmón), poniendo en peligro la vida del lesionado.

Dichas lesiones precisaron para su sanidad tratamiento médico quirúrgico, con ingreso hospitalario en la unidad de reanimación, traslado posterior a planta y control evolutivo por cirugía torácica, lesiones para cuya sanidad precisó 60 días, de los cuales 55 fueron de perjuicio personal particular por pérdida temporal de calidad de vida «moderada», dos días de perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida «grave», y tres días de perjuicio personal particular por pérdida temporal de calidad de vida «muy grave».

Además de la secuelas físicas, la víctima presenta desde un punto de vista psicopatológico un trastorno por estrés postraumático. Además, la sentencia ve previsible que queden secuelas postraumáticas, «cuya entidad y naturaleza estará en función de factores personales y circunstanciales». / Europa Press

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