Estas nuevas imposiciones oscilan desde los 100 hasta los 1.200 euros, se pagarán antes de interponerse una demanda judicial, siendo por primera vez en la historia que se obliga a la ciudadanía a pagar para acudir al Poder Judicial en busca de justicia.
Madrid.- Las exoneraciones que se establecen serán únicamente para los que tengan reconocido previamente “el derecho de justicia gratuita”, donde la renta de los integrantes de la unidad familiar debe ser durante el año, un ingreso menor a 14.910,28 euros. Pese a que los procesos penales están exentos de éste pago, las tasas se imponen en todos los procedimientos civiles como la reclamación de deudas ó cantidad, sobre propiedad, desahucio, herencia, etc., en tanto que, se establece una exoneración en la vía civil si la reclamaciones de cantidad es menor a 2,000 euros, mientras que están obligados al pago en todo los procesos contencioso-administrativos, donde mayoritariamente se tramitan las expulsiones administrativas e impugnaciones de los permisos de residencia, así como la denegatoria del asilo o la adquisición de nacionalidad, así también en las demandas laborales se pagará cuando se interponga una apelación.
Otros asuntos que están exonerados son: los juicios de capacidad, filiación, guarda y custodia de hijos menores, así como de alimentos.
Esta nueva legislación viene siendo criticada por todo los sectores y operadores de la justicia, incluido los jueces, quienes ponen como ejemplo del despropósito de la ley de tasas que, tengamos que pagar 200 euros por interponer una reclamación judicial contra una multa de tráfico o de estacionamiento de 90 euros ante el Juzgado Contencioso Administrativo, y en el caso de accidentes vehiculares habrá que pagar 300 euros inicialmente más el 0,50% de la cuantía que se pretende reclamar.
El principal partido de oposición ha exigido al Gobierno como “cuestión de Estado” que exima a las víctimas de la violencia de género de pagar éstas tasas judiciales cuando ellas quieran separarse o divorciarse, dado que en la actual normativa, les costará pagar la tasa de 300 euros para iniciar su demanda, además de los costos de Abogado y Procurador que es obligatorio en el sistema de justicia española.
Por ello entendemos que dicha Ley genera injusticia al sumir a un ciudadano que, para acudir en busca de la declaración de sus derechos, hoy tenga que depender de su capacidad económica, es decir se forma una barrera para el acceso, lo que vulnera el art. 24.1 de la Constitución Española que protege el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva que tiene toda persona humana para solicitar justicia cuando considere oportuno a sus intereses.
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