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Abogada Judith Tabares

Requisitos para entrar al Reino Unido como turista. Visados o exención del visado

Todas personas que sean ciudadanos de un país de la Unión Europea y del AEE solamente deberán acreditar la nacionalidad con su documento de identidad o pasaporte y no será necesario contar con billete de vuelta o acreditar solvencia económica para ingresar al Reino Unido.
Para viajar entre Gran Bretaña e Irlanda del Norte, las Islas del Canal, Irlanda o la Isla de Man, no se necesita contar con pasaporte.

REQUISITOS PASAPORTE
:

Todas las nacionalidades requieren un pasaporte válido.
Sólo están exentos aquellas nacionalidades de los siguientes países que también pueden presentar alternativamente el documento de identificación en vez del pasaporte: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, Rumania; Rumanía, Suecia, Suiza.

Pasaporte válido durante los meses o período que cubra toda su estancia en el Reino Unido. Se requiere una entrada válida para aquellos ciudadanos que deseen permanecer en el Reino Unido por un período mayor de 6 meses: Australia, Canadá, Hong Kong (SAR), Japón, Corea (Rep), Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Sudáfrica y USA.

REQUISITOS PARA LOS VISADOS:
Las nacionalidades de los siguientes países no requieren de un visado al entrar como turistas:

Alemania, Andorra, Antillas Neerlandesas, Argentina, Aruba, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Corea del Norte, Corea del Sur, Costa Rica, Dinamarca, El Salvador, El Vaticano, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Groenlandia, Guadalupe, Guam, Guatemala, Guayana Francesa, Honduras, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Vírgenes Americanas, Israel, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Macao, Malta, Martinica, México, Micronesia, Mónaco, Nicaragua, Niue, Noruega, Nueva Caledonia, Países Bajos, Palaos, Panamá, Paraguay, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, Reunión, Rumania; Rumanía, Samoa, San Marino, Suecia, Suiza, Timor Oriental, Uruguay, Venezuela.

Se recomienda a aquellos ciudadanos que no requieren visado de estar en posesión de un billete de ida y vuelta, o si llegan con un billete de ida sólo, deberán probar que tienen suficiente dinero para alojarse y mantenerse durante ese período.

TURISTAS CON DESTINO A IRLANDA:
En cuanto a los viajeros con destino a la República de Irlanda y que se encuentren en tránsito en reino Unido, deberán conservar sus billetes de vuelta para evitar retrasos. Debido a que la normativa en materia de visados y pasaporte es cambiante, lo mejor es contactar antes de emprender el viaje, con el respectivo Consulado o Embajada.
A excepción de los ciudadanos pertenecientes a la UE, Estados Unidos, Islandia, Noruega y Liechtenstein y los ciudadanos suizos que viajen con documento de identidad válido, el resto de las personas que quieran ingresar de visita al Reino Unido deberán contar con pasaporte válido durante al menos tres meses desde la fecha de salida del país.

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Guía del Ocio Latino /
Abogados y Asesorías latinas en Madrid, España:
Despacho de Abogados:
Judith Tabares Abogados
Calle San Bernardo 13, 1º., izq., esquina con Gran Vía, Madrid
Teléfonos consultas: 807505577 y 915482289
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Judith Tabares te responderá en esta misma web.

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