Por Judith Tabares / Ocio Latino /
Desde el 1 de enero de 2019, se ha actualizado el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España, según se ha publicado en el BOE a través del Real Decreto 1462/2018, alcanzando 900€, esto significa una subida del 22,3%.
En este sentido el Salario Mínimo Interprofesional 2019 quedaría de la siguiente forma:
-Salario Mínimo diario: 30,00€
-Salario Mínimo mensual: 900,00€
-Salario Mínimo anual: 12.600,00€ (14 pagas)
-Salario Mínimo Empleadas del Hogar: 7,04€ por hora
-Salario Mínimo Eventuales y Temporeros: 42,62€ por jornada.
SALARIO BASE EMPLEADAS DE HOGAR 2019 por 40 HORAS SEMANAL:
-14 Pagas: Nómina de 900,00 euros x 14 pagas + 30 días vacaciones.
-13 Pagas: Nómina de 969,00 euros x 13 pagas + 30 días vacaciones.
-12 Pagas: Nómina de 1.050,00 euros x 12 pagas + 30 días vacaciones.
Las Cuotas que se deben ingresar a la Seguridad Social por tener contratado un Empleado de Hogar suman un total de 29,8 % del salario Bruto mensual. El empleador debe pagar un 25,10% y el empleado de hogar abona un 4,70% a la Seguridad Social.
¿Qué incentivos ofrece la Seguridad Social para la contratación de Empleadas Hogar 2019?
1. Se mantiene la bonificación para todas las altas nuevas Seguridad Social empleadas hogar del 20%sobre la cuota del empleador/a.
2. Se mantienen las bonificaciones de años anteriores. La bonificación para todas las altas Seguridad Social empleadas hogar de familias numerosas. Esta bonificación es del 25% sobre la cuota de empleador/a.
IPREM 2019: El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones, subsidio de desempleo y en materia de extranjería es utilizado para determinar la acreditación de medios económicos en trámites tales como la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar, autorización de residencia no lucrativa, autorización de residencia de larga duración-UE, etc. para calcular, entre otros.
Valor oficial IPREM 2019:
IPREM Mensual: 537,84 €
IPREM Anual – 12 pagas: 6.454,03 €
IPREM Anual – 14 pagas: 7.519,59 €
Despido o Desistimiento en el Sector de Empleados de Hogar:
En el supuesto caso de que su empleador no pueda o no quiera subirle el salario mínimo a 900€ por 40 horas de trabajo en 14 pagas o 1050€ si las tiene prorrateadas, se puede dar la situación de un Desistimiento del Contrato, Despido o Modificación sustancial en las condiciones de trabajo, ya que quizás le proponga bajarle el horario de trabajo, su salario o demás condiciones laborales.
Desistimiento: Debe existir un preaviso de al menos siete días, y si la antigüedad del trabajador supera el año, deberá ser de 20 días, si no lo efectúa podrá ser sustituido por un indemnización equivalente a los salarios de dicho periodo.
La indemnización será equivalente a 12 días de servicio o salario por cada año de antigüedad, con el límite de seis mensualidades. Esta indemnización será siempre entregada en metálico.
Dentro de las cotizaciones a la seguridad social del trabajador, no está de desempleo, por lo tanto no tiene derecho a cobrar ningún tipo de prestación por desempleo.
Despido: Cuando el empleador realice un despido sin la aplicación del procedimiento establecido, esto es no entrega la carta de despido correspondiente, o no abona la indemnización correspondiente al despido por desistimiento del empleador, el despido será declarado improcedente.
La declaración de improcedencia lleva aparejada el abono de una indemnización equivalente al salario correspondiente a veinte días naturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades.
Modificación condiciones de trabajo: En aquellos casos en los que los cambios supongan modificar las condiciones de trabajo de la empleada de hogar de manera sustancial, siendo perjudicada la misma, ésta tendría derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días por año de servicio en virtud de lo recogido en el artículo 41.3 del Estatuto de los Trabajadores.
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