Ocio Latino.- Un extranjero con la nacionalidad adquirida de un país miembro de la Unión Europea podría perder esta nacionalidad, y sus derechos vinculados a la misma, si establece su residencia fuera por un periodo prolongado e ininterrumpido de 10 años, aunque esta pérdida no sería de forma automática, según lo ha dictaminado en una sentencia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), informa Europa Press.
Según este dictamen la pérdida de nacionalidad sería “legítimo” porque demuestra «la inexistencia» del «vínculo efectivo» con el país y guarda relación con las normas internacionales que también prevén la pérdida de la nacionalidad en casos similares siempre que no haya riesgo de que la persona se convierta en apátrida.
La sentencia se refiere al caso de varios nacionales extracomunitarios que denunciaron la decisión del Gobierno de La Haya de no renovarles su pasaporte holandés en base a la norma del país que prevé la pérdida de la nacionalidad de personas -que tienen otra nacionalidad extranjera– en el caso de que se establezca su residencia principal fuera del país y de la UE durante diez años de forma ininterrumpida, así como la de los menores cuando la pierde su progenitor.
Sin embargo el TJUE también deja claro que compete a la Administración y especialmente a los tribunales nacionales examinar las consecuencias que acarrea la pérdida de la nacionalidad para el individuo y si es conforme a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, especialmente en el caso del derecho a la vida familiar y el interés superior del menor y, asimismo, deberán arbitrar un mecanismo adecuado para poder recuperarla con carácter retroactivo cuando la persona solicita un pasaporte o documento de identidad.
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