Ocio Latino-. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la orden del Ministerio de Sanidad avanzada ayer tras el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud por la que se obliga a tomar medidas de limitación de la movilidad, aforos y prohibición de algunas actividades en aquellas ciudades que tengan una mayor incidencia del covid-19. De momento, todos se ubican en la Comunidad de Madrid.
«Será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto», indica el texto de la Declaración de Actuaciones Coordinada que ayer rechazaron además de Madrid, Cataluña, Galicia, Andalucía y la ciudad autónoma de Ceuta y sobre el que se abstuvo la región de Murcia.
Según recoge, el Gobierno regional tiene un máximo de 48 horas para adoptar las actuaciones en Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla. y cumplir con lo establecido en la Disposición un vez haya sido notificada. Cabe recordar que la Comunidad tiene que trasponer la nueva norma en su boletín oficial.
Una vez en vigor, Sanidad y la comunidad se reunirán semanalmente para revisar de manera conjunta la situación epidemiológica de los municipios en los que se aplique la Declaración de Actuaciones Coordinada. «En el marco de esta relación bilateral se valorará la modificación del ámbito de aplicación de las medidas contenidas en la Declaración, siempre y cuando se observe una reducción suficiente de la incidencia acumulada en los términos establecidos en esta y teniendo en cuenta también los factores de corrección que pudieran afectarla», añade la disposición.
A última hora del miércoles, el consejero de Sanidad de la Comunidad, Enrique Ruiz Escudero, comparecía para rechazar que la norma avanzada por el ministro Salvador Illa tuviera «validez jurídica».
En este sentido, el texto recogido este jueves en el BOE hace referencia al artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: «dado que este Acuerdo viene referido a un ámbito material en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general de la sanidad, de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias, este Acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto».