El Consejo de Ministros ha acordado este martes autorizar la firma del convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, en cumplimiento de lo anunciado el pasado mes de enero por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante un viaje oficial en Washington DC.
El convenio contempla aspectos básicos de las normas de coordinación de Seguridad Social, como la igualdad de trato para las personas incluidas en el ámbito subjetivo de la norma que residan en el territorio de un Estado contratante en relación con los nacionales de dicha parte, la totalización de períodos de seguro para causar derecho a las prestaciones, la exportación de las prestaciones y la unicidad de la legislación aplicable.
El ámbito de aplicación subjetivo del convenio comprende a las personas que estén o hayan estado sujetas a las legislaciones de uno o ambos países, así como a sus derechohabientes.
El ámbito de aplicación material se refiere a las prestaciones contributivas del Sistema de Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes) y a las del Régimen de Clases Pasivas del Estado, en el caso de España, lo que, según el Gobierno, constituye una novedad.
El vigente Convenio de Seguridad Social entre España y los Estados Unidos de América, suscrito el 30 de septiembre de 1986, está en vigor desde el 1 de abril de 1988. En febrero de 2012, España propuso su modificación con el fin de adecuarlo a los cambios legislativos internos y a las técnicas convencionales actuales.
La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, así como a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, hizo necesaria la adaptación del contenido de los artículos sobre protección de datos para garantizar las exigencias de ambas normas, alcanzándose finalmente un acuerdo en mayo de 2023.
UN CONVENIO QUE BUSCA «FAVORECER» LA MOVILIDAD LABORAL
La titular de Seguridad Social afirmó durante su visita en Washington DC, cuando anunció el convenio, que este tiene como principal objetivo «favorecer» la movilidad laboral.
Las principales novedades, según detalló Saiz, afectan al cálculo de las pensiones españolas, que será más beneficioso al realizarse dos cálculos (un primero solo con las cotizaciones en España y un segundo sumando a éstas las cotizaciones en Estados Unidos, abonándose finalmente el más beneficioso para el ciudadano).
Este nuevo texto mejora también el cálculo de la base reguladora y el período de desplazamiento, al ampliarse hasta los 7 años de duración (5 años de desplazamiento inicial más 2 años de prórroga tanto para trabajadores por cuenta ajena como para trabajadores por cuenta propia). Además, se incorpora el Régimen de Clases Pasivas del Estado./ Europa Press